
Devolución del Impuesto PAIS a importadores 2025
Plazo 06/10–19/11/2025. Requisitos, alcance y cómo tramitar la devolución/compensación.
Últimas noticias y actualizaciones sobre temas fiscales en Argentina.
Plazo 06/10–19/11/2025. Requisitos, alcance y cómo tramitar la devolución/compensación.
Desde el 01/12/2025 se elimina la factura “M” y se redefinen las modalidades de la factura “A”.
Inicio 3/11/2025. Hasta 48 cuotas, quitas de intereses/punitorios, y alcance para deudas al 31/08/2025.
Desde octubre, ARBA aplicará retenciones sobre acreditaciones en cuentas digitales (Res. 25/2025). Alcance, exclusiones y vigencia.
ARCA puso en vigencia la RG 5753/2025: se moderniza la compensación y se permite cancelar deudas con saldos a favor desde “Cuentas Tributarias”.
ARCA extendió hasta el 26/06/2025 la presentación y pago de Ganancias y Bienes Personales del ejercicio 2024. Aplicativos disponibles desde abril.
Resolución Conjunta 1/2025 prorroga Puente al Empleo al 31/12/2026 e incorpora nuevos programas sociales y beneficios para empleadores.
ARCA habilitó un régimen especial de devolución del Impuesto PAIS para importadores. Plazo: 08/07–22/08/2025 y cuotas de hasta 24 meses.
ARCA lanzó un régimen para regularizar deudas vencidas al 30/04/2025: hasta 60 cuotas, tasa fija del 50% de la tasa resarcitoria vigente y sin límite de adhesiones.
A partir de noviembre de 2025, todos los contribuyentes inscriptos en IVA deberán presentar su declaración mensual a través del nuevo sistema “IVA SIMPLE”.
ARCA anunció un paquete de medidas que incluye la simplificación del Impuesto a las Ganancias y la actualización de umbrales en regímenes informativos.
ARCA habilitó un plan para regularizar deudas por imputación incorrecta de quebrantos, con pago a cuenta y cuotas mensuales.
ARCA unifica el esquema de anticipos: sociedades ingresarán 9 anticipos desde diciembre 2025 y personas humanas ajustarán por IPC.
ARCA presenta un régimen de hasta 48 cuotas y reducción de intereses de hasta el 75% para regularizar deudas en MiPyMEs y pequeños contribuyentes.
Si tu sueldo bruto supera $2.280.000 estarás sujeto a retenciones por Ganancias, aunque puedes deducir gastos como prepaga y colegio de hijos.